Esta guía CUATROFINCAS pretende describir los diferentes procesos y requisitos que normalmente debe hacer frente una persona no residente para realizar una inversión una vivienda en España.
El primer paso para comprar un inmueble lo constituye sin duda el proceso de búsqueda.CUATROFINCASle ofrece en todo momento los inmuebles que mejor se adapten a sus requisitos de compra. Nuestro equipo de profesionales se pondrá en marcha para la selección de los mejores productos con la más alta rentabilidad Los principales parámetros para realizar una primera selección suelen ser: el tipo de vivienda, su ubicación y el presupuesto que se quiere invertir.
En Cuatrofincas le ofrecemos los servicios jurídicos adecuados para la representación fiscal de no residentes en España.Un especialista jurídico en temas inmobiliario le representarápara llevar sus asuntos de impuestos de no-residentes, especialmente a la hora de recibir notificaciones y hacer declaraciones de renta. Este letrado se preocupará de obtener toda información para garantizar la legalidad de la venta del Registro de la Propiedad, que le confirmará que efectivamente el vendedor es el propietario del bien inmueble, y que, éste, se encuentra libre de cargas y gravámenes (hipotecas, embargos...etc.); de obtener la copia del último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles... y de toda la información necesaria para asegurarse el buen fin de la compraventa
La firma de un contrato de arras formaliza el acuerdo y el compromiso entre las partes. Normalmente en el contrato de arras ya se ha estipulado una fecha límite para firmar el contrato de compraventa, momento en el que se perfecciona la operación inmobiliaria. Para que el contrato obligue a cada una de las partes el documento ha de contener tres elementos básicos en toda operación inmobiliaria: el consentimiento del comprador y del vendedor, los datos y características del inmueble, y el precio. Generalmente el plazo que transcurre desde la firma de un contrato de arras a la firma del contrato definitivo de compraventa suele oscilar entre 1 y 3 meses. (El plazo se fija por acuerdo entre las partes, y si el plazo es muy amplio, en vez de un 10% suele entregarse un 20%). El periodo de tiempo que transcurre entre ambas firmas es utilizado habitualmente por el comprador para acabar de arreglar los diferentes aspectos vinculados a la compra, siendo especialmente útil en el caso de un no residente para la obtención del NIE
CUATROFINCAS le aconseja que una vez firmado el contrato de arras, se dirija al Notario para conseguir fotocopia compulsada del pasaporte del comprador o compradores, siendo este un requisito indispensable para poder solicitar posteriormente el correspondiente NIE. El NIE (Número de Identificación de Extranjeros) es un número personal, único y exclusivo de carácter secuencial, otorgado por la Oficina de Extranjeros que le permite tener autorización para permanecer en España. Es un trámite imprescindible para realizar cualquier transacción económica como abrir una cuenta bancaria, establecer un negocio, comprar una vivienda o un coche, realizar la declaración de impuestos o rellenar cualquier formulario de solicitud de carácter administrativo inherente a la oficina de extranjeros. El Número de Identificación de Extranjeros es otorgado de oficio, es decir de forma automática por la dirección General de Policía a todo extranjero que se le inicie un expediente administrativo; o bien puede solicitarlo usted mismo siempre que acredite el porqué de su petición. Se podrá realizar la solicitud del NIE desde fuera de España presentándose personalmente en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su demarcación de residencia.). La documentación que hay que presentar al solicitar el NIE es la siguiente:
Este trámite suele tardar entre 2-5 semanas y es obligatorio retirarlo personalmente. Nota: Para ciudadanos que no pertenezcan a la Unión Europea es obligatorio obtener un visado de residencia que deberá presentar en España cuando haga su solicitud (para justificar que usted no se haya en situación irregular; Este visado sólo se puede obtener en el consulado español de su país).
Como acto final ydespués de que nuestro equipo haya verificado que cumple con todos los requisitos para su adquisición, es necesario entonces presentarse ante el notario con el fin de firmar un compromiso de compraventa. (Es necesario señalar que todos los notarios perciben los honorarios acorde a unas tarifas definidas y establecidas previamente por cálculos oficiales, siendo este gasto normalmente a cargo del comprador). La escritura pública, es requisito indispensable y obligatorio a la hora de inscribirse en el registro de la propiedad. Este trámite es de vital importancia para proteger la titularidad del adquiriente. Para ello es necesario elevar el documento privado a público en la Notaría y haber pagado los impuestos. Desde CUATROFINCAS le asesoramos ,en primer lugar es necesario la expedición de la copia autorizada por el notario; a continuación hay que liquidar y pagar los impuestos que corresponden según el tipo de vivienda (si es de primera o de segunda mano) ante la hacienda pública; prosigue con la presentación de la escritura ya pagada ante el registro de la propiedad; y finaliza con la inscripción de la misma en el citado registro. Es conveniente que se modifique en el catastro la titularidad que allí figura, para que figure el nuevo propietario. En España, es fundamental inscribir el titulo de la propiedad del inmueble en el Registro de la Propiedad, ya que este es público, y desde el momento de su inscripción, tiene efectos jurídicos frente a terceras personas. Cuando este documento haya sido completado y devuelto por el Registro de la Propiedad, Usted será propietario oficial de una vivienda en España. |